Synthèse factuelle
En Guadalajara, Jalisco, los acuerdos reparatorios son mecanismos legales contemplados en el Código Nacional de Procedimientos Penales que permiten a la víctima u ofendido y al imputado llegar a un convenio para reparar el daño causado, extinguiendo la acción penal cuando se cumplen ciertos requisitos. Estos acuerdos solo son aplicables en delitos donde la ley lo permite, generalmente en casos de menor gravedad. Para que el acuerdo sea válido, debe ser aprobado por el Ministerio Público y ratificado por un juez de control. El procedimiento inicia con la solicitud de las partes y puede incluir la reparación integral del daño, ya sea económica o mediante otras formas acordadas. La aprobación judicial garantiza que el acuerdo respete derechos y no afecte el interés público. El incumplimiento del acuerdo puede implicar la continuación del proceso penal. Los plazos para presentar y aprobar estos acuerdos varían según la etapa procesal, usualmente antes del cierre de la investigación complementaria. No se requiere pago de tasas judiciales específicas para su aprobación, pero sí puede haber costos asociados a asesoría legal. Para más información, consulte el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Fiscalía General del Estado de Jalisco.