Synthèse factuelle
En México, los programas de cómputo están protegidos como obras literarias según la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), vigente y regulada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR). Esta protección abarca tanto los programas tradicionales como aquellos que incorporan inteligencia artificial, siempre que sean originales y estén fijados en un medio tangible. La duración de los derechos patrimoniales es de 75 años contados a partir del 1 de enero del año siguiente a la primera divulgación autorizada. Para el registro, se debe presentar una solicitud ante INDAUTOR con el formulario correspondiente, copia del programa en soporte digital o impreso, y comprobante de pago de derechos. El costo estimado varía, pero suele rondar entre 500 y 1,500 pesos mexicanos, dependiendo de la modalidad de registro. La jurisdicción competente para controversias es la federal, a través de tribunales especializados en propiedad intelectual. La protección no cubre las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos que subyacen a los programas, solo la expresión concreta del código y su estructura. Fuentes oficiales incluyen la Ley Federal del Derecho de Autor (DOF) y el sitio del INDAUTOR (indautor.gob.mx).