Synthèse factuelle
En Monterrey, México, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece que toda entidad pública o privada debe designar una persona o departamento encargado de atender las solicitudes ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición). Este responsable debe recibir, gestionar y dar respuesta a dichas solicitudes dentro de un plazo máximo de 20 días hábiles, prorrogable por otros 10 días bajo justificación. La función principal es garantizar el ejercicio efectivo de los derechos ARCO de los titulares de datos personales. Para ello, se requiere contar con procedimientos documentados que aseguren la protección y confidencialidad de la información. El responsable actúa como enlace entre el titular y la organización, gestionando trámites por escrito, ya sea por medios electrónicos o físicos. Es obligatorio que la designación, así como los datos de contacto del encargado, estén disponibles públicamente, generalmente en el aviso de privacidad. Las instituciones pueden enfrentar sanciones por incumplimiento, que van desde multas hasta medidas administrativas. Para más detalles, consultar el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en https://www.inai.org.mx.