Synthèse factuelle
En México, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares establece que el tratamiento de datos personales debe cumplir con los principios de licitud, finalidad y consentimiento, entre otros. El principio de licitud indica que el tratamiento debe ser conforme a la ley y a las disposiciones aplicables. El principio de finalidad requiere que los datos se recolecten para propósitos específicos, explícitos y legítimos, los cuales deben ser informados al titular. Respecto al consentimiento, éste debe ser previo, informado, explícito y otorgado por el titular de los datos, salvo las excepciones previstas por la ley. La autoridad competente para supervisar y sancionar el cumplimiento de esta ley es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Los responsables del tratamiento deben contar con avisos de privacidad que detallen las finalidades, y están obligados a implementar medidas de seguridad para proteger los datos. En caso de incumplimiento, pueden aplicarse sanciones administrativas que van desde multas hasta la suspensión de actividades. Los procedimientos y obligaciones están regulados en la Ley Federal y su Reglamento, disponibles en el portal oficial del INAI (https://www.inai.org.mx).