Synthèse factuelle
La jurisdicción voluntaria en España regula actos y expedientes no contenciosos que requieren intervención judicial o notarial; su regulación básica moderna se recoge en la Ley de la jurisdicción voluntaria (Ley 15/2015) y en normas civiles y de procedimiento publicadas en el BOE. En Bilbao los trámites pueden tramitarse ante los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial de Bilbao, ante el Registro Civil de Bilbao o, cuando la ley lo permita, ante una notaría. La Audiencia Provincial de Bizkaia es la instancia superior para los recursos que procedan. Para iniciar un expediente conviene reunir documentación que identifique a las partes y a los hechos: documento nacional de identidad (DNI), número de identidad de extranjero (NIE) o pasaporte; certificado de empadronamiento; partidas registrales como nacimiento, matrimonio o defunción; testamentos y escrituras públicas; poderes notariales si actúa representación; certificados del Registro de la Propiedad o del Registro Mercantil cuando proceda; y documentación económica o bancaria que acredite bienes o titulares. En asuntos que afectan a la capacidad de personas, suelen requerirse informes médicos o periciales que acrediten el estado de salud. Si se aportan documentos extranjeros hay que presentar su legalización o Apostilla de La Haya y traducciones juradas cuando no estén en castellano o en euskera si lo exige el órgano. El órgano judicial o notarial puede pedir certificados complementarios (por ejemplo, de inexistencia de cargas o certificados de empadronamiento histórico). En la práctica, los pasos comunes son: preparar originales y copias, solicitar traducciones legales si proceden, aportar poderes notariales y presentar la solicitud en el Registro del órgano competente (registro físico del Juzgado o Registro Civil, o por vía electrónica a través de las sedes habilitadas para profesionales o ciudadanos). Los plazos de resolución varían en función de la complejidad; algunos expedientes se resuelven en semanas, otros en varios meses. Es habitual que el juzgado o secretario solicite la subsanación de documentos en un plazo breve (por ejemplo, 10 días hábiles), aunque este plazo depende del caso concreto. Sobre tasas, algunos trámites de jurisdicción voluntaria están exentos, pero conviene consultar la normativa aplicable. Para información oficial y modelos hay que consultar las fuentes estatales y provinciales: sede electrónica del Ministerio de Justicia, BOE, y el portal del Consejo General del Poder Judicial, así como el Decanato de los Juzgados de Bilbao o el Registro Civil de Bizkaia para requisitos locales. Cette fiche ne constitue pas un conseil juridique.