Synthèse factuelle
En Buenos Aires, la inscripción societaria se realiza en el Registro Público de Comercio correspondiente al domicilio social de la empresa. Según la Inspección General de Justicia (IGJ), el acto constitutivo, sus modificaciones y el reglamento interno deben inscribirse para que la sociedad adquiera personalidad jurídica plena. La inscripción implica presentar el contrato social o estatuto, la documentación de los socios, el comprobante de pago de tasas y, en caso de modificaciones, los actos correspondientes. La IGJ revisa la conformidad formal de los documentos, y una vez aprobados, se inscriben y se asigna un número de legajo. La no inscripción impide presumir la regularidad societaria y limita la capacidad legal de la entidad. Además, cada sucursal debe inscribirse en el registro público de su domicilio, lo que requiere trámites adicionales. Los costos varían según la sociedad y el trámite, con tasas administrativas y aranceles profesionales. El proceso tiene plazos que dependen de la carga del registro, pero suele demorar entre 30 y 60 días hábiles. La IGJ es la autoridad competente para sociedades constituidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mientras que en otras provincias actúan sus respectivos registros públicos. Fuentes oficiales incluyen la página web de la Inspección General de Justicia (www.argentina.gob.ar/igj) y la Ley General de Sociedades argentina.