PRIMUM FACTISEO

Financiación del terrorismo en el artículo 306

🇦🇷 ArgentinePenalCordobaLangue : ES

Synthèse factuelle

En la provincia de Córdoba, Argentina, el artículo 306 del Código Penal establece el delito de financiación del terrorismo, definiendo conductas que implican la provisión, recolección o entrega de fondos con conocimiento de que serán utilizados para cometer actos terroristas. Las penas aplicables varían según la gravedad y el tipo de participación, pudiendo ir desde prisión de tres a quince años. La competencia para juzgar estos delitos recae en tribunales federales con jurisdicción en Córdoba. La investigación y persecución están a cargo de fuerzas federales y la Fiscalía Federal especializa en delitos complejos. Para iniciar un proceso, se requiere la presentación de una denuncia formal o la acción de oficio por parte del Ministerio Público Fiscal. Entre las pruebas usuales se encuentran registros bancarios, comunicaciones electrónicas y testimonios. Los costos judiciales dependen del desarrollo del proceso y, en general, no implican tasas para la víctima. La legislación se complementa con normativas internacionales ratificadas por Argentina para combatir el terrorismo y su financiación, como las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional). Fuentes oficiales: Código Penal de la Nación Argentina, Poder Judicial de la Nación, Ministerio Público Fiscal.

Méthodologie PRIMUM FACTI

1

Faits d'abord

Extraction chronologique des faits, dates, acteurs et pièces.

2

Vérification

Identification des contradictions, lacunes et documents manquants.

3

Sources officielles

Chaque fiche est fondée sur des textes officiels vérifiables.

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