Synthèse factuelle
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la vigencia de una ley se determina conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Tras la sanción y promulgación de una ley, su obligatoriedad comienza generalmente al octavo día de su publicación oficial en el Boletín Oficial de la República Argentina, salvo que la misma ley disponga una fecha distinta para su entrada en vigencia. Esta publicación es el acto formal que hace pública la norma y permite su conocimiento por todos los habitantes del territorio. La secuencia habitual comprende la sanción por el Congreso, la promulgación por el Poder Ejecutivo, la publicación oficial y finalmente la vigencia. No se considera efectiva una ley sin la confirmación de su publicación oficial. Para consultas sobre leyes específicas o fechas de vigencia, se recomienda la revisión directa del Boletín Oficial (https://www.boletinoficial.gob.ar) y del texto del Código Civil y Comercial. Esta normativa se aplica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en todo el territorio argentino, garantizando transparencia y seguridad jurídica.